Dos personas fueron condenadas en Guam después de admitir que simularon un matrimonio para que uno de ellos obtuviera la residencia permanente en Estados Unidos.
El caso, anunciado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) el 2 de julio de 2026, vuelve a poner sobre la mesa una advertencia que la agencia repite con frecuencia: el fraude matrimonial puede derivar en procesos penales, pérdida de beneficios migratorios e incluso deportación.
Este tipo de casos suele generar dudas entre las parejas que sí construyeron un matrimonio real, pero que no cuentan con todas las pruebas que normalmente utiliza USCIS para comprobar que el matrimonio es genuino.
Por eso, además de contarte qué pasó, te explicamos qué considera la agencia como fraude, cómo lo investiga y qué opciones existen si tu matrimonio terminó, aunque haya sido genuino.
Qué ocurrió en este caso
Un ciudadano de Corea del Sur y una ciudadana estadounidense residente en Guam se casaron en diciembre de 2011. Poco después, presentaron el formulario I-130 ante USCIS para iniciar el trámite de residencia por matrimonio. Con base en esa petición, él obtuvo una Green Card condicional válida por dos años.
En 2014, ambos presentaron juntos el formulario I-751 para remover las condiciones de la residencia, declarando que convivían.
Según la investigación, esto era falso: nunca vivieron juntos, ni antes ni después de casarse. Se divorciaron en 2018, y el caso llegó a la Justicia recién varios años más tarde.
Ambos se declararon culpables y recibieron condenas de probation, multas, y él ahora enfrenta un posible proceso de deportación.
Qué es un matrimonio fraudulento para inmigración
Un matrimonio se considera fraudulento cuando el propósito principal de celebrarlo es obtener un beneficio migratorio, y no formar una vida en común. No importa si hubo una boda real, fotos o una fiesta con invitados. USCIS evalúa si la evidencia demuestra que el matrimonio fue celebrado de buena fe y que la pareja tuvo la intención de construir una vida en común.
Es importante aclarar algo que genera mucha confusión: no todos los matrimonios que terminan en divorcio son fraudulentos. Una relación puede haber sido completamente genuina y aun así no funcionar con el tiempo. Lo relevante para USCIS no es que el matrimonio haya fracasado, sino que nunca haya sido real desde el principio.
Cómo detecta USCIS un posible fraude
USCIS no se basa en un solo documento para evaluar un caso. Analiza un conjunto de factores, entre ellos:
- Si la pareja convive o convivió
- Cuentas bancarias conjuntas
- Contratos de alquiler o hipotecas a nombre de ambos
- Seguros compartidos
- Hijos en común, si los hay
- Fotografías de distintos momentos de la relación
- Viajes hechos juntos
- Consistencia en las declaraciones de ambos cónyuges
En casos donde hay dudas serias, USCIS puede entrevistar a la pareja por separado, en un procedimiento conocido como entrevista Stokes, para comparar sus respuestas.
También puede iniciar investigaciones cuando detecta inconsistencias en la información presentada o recibe información que justifique una revisión más profunda, como ocurrió en el caso de Guam.
Qué consecuencias puede tener el fraude matrimonial
Las consecuencias de un matrimonio fraudulento son graves y pueden acompañar a la persona durante años:
- Denegación de beneficios migratorios
- Revocación de la residencia ya otorgada
- Deportación
- Cargos penales
- Multas económicas
- Prisión, en algunos casos
- Dificultad para obtener beneficios migratorios en el futuro
En este caso, las condenas llegaron más de una década después del matrimonio, lo que confirma que este tipo de investigaciones puede extenderse durante muchos años.
¿Y si el matrimonio era verdadero, pero terminó mal?
Muchas personas les temen a este tipo de noticias porque están atravesando un divorcio y todavía no removieron las condiciones de su Green Card. Es importante que sepan que la ley contempla esta situación.
Si el matrimonio fue celebrado de buena fe, pero terminó en divorcio o anulación, existe la posibilidad de presentar el I-751 sin la firma del ex cónyuge, a través de una exención conocida como “waiver”.
Lo mismo aplica si hubo abuso durante el matrimonio o si el cónyuge falleció. En estos casos, USCIS evalúa la evidencia de que la relación fue real mientras duró, no el hecho de que haya terminado.