La certificación PERM es uno de los caminos más utilizados para obtener una Green Card por motivos de trabajo en Estados Unidos.
Funciona como un puente entre dos partes: una empresa estadounidense que necesita cubrir un puesto y un trabajador extranjero con las habilidades para ocuparlo.
Aunque es un paso fundamental del proceso migratorio por empleo, sigue siendo una de las etapas menos comprendidas tanto por empleadores como por trabajadores.
En este artículo te explicamos qué es el PERM, quién lo necesita y cómo funciona el proceso de principio a fin.
Qué es PERM y para qué sirve
PERM significa “Program Electronic Review Management”. Es el sistema electrónico que administra el Departamento de Trabajo (DOL) para procesar las solicitudes de certificación laboral permanente.
La certificación en sí se llama Application for Permanent Employment Certification (Formulario ETA-9089).
Desde junio de 2023, generalmente se presenta en línea a través del sistema Foreign Labor Application Gateway (FLAG).
PERM cumple dos funciones al mismo tiempo:
- Protege a los trabajadores estadounidenses, ya que obliga al empleador a probar que buscó candidatos locales antes de recurrir a un extranjero.
- Permite que las empresas cubran vacantes que no consiguen llenar dentro del mercado laboral nacional.
Es importante entender que el PERM es solo el primer paso.
La certificación aprobada no le da la Green Card al trabajador. Tampoco implica que USCIS haya validado al trabajador.
El DOL solo evalúa el mercado laboral y el salario. Después viene el Formulario I-140 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), donde se revisa que el empleador tenga capacidad económica para pagar el salario ofrecido y que el trabajador realmente cumpla con los requisitos del puesto. Y, después de eso, el ajuste de estatus o el trámite consular.
Quién necesita PERM
La certificación PERM se exige, en la mayoría de los casos, para las visas de inmigrante basadas en empleo de segunda preferencia (EB-2) y tercera preferencia (EB-3).
La categoría EB-2 cubre a profesionales con títulos avanzados o personas con habilidad excepcional en ciencias, artes o negocios.
La EB-3 cubre a profesionales con título universitario (“bachelor’s degree” o equivalente), trabajadores calificados con al menos dos años de experiencia y otros trabajadores con menos experiencia.
No todas las categorías exigen PERM.
La EB-1, reservada para personas con habilidad extraordinaria, profesores e investigadores destacados, y ciertos ejecutivos multinacionales, no requiere certificación laboral.
Tampoco la requieren las ocupaciones del Schedule A. Schedule A se divide en dos grupos:
- El Grupo I incluye enfermeros registrados y fisioterapeutas.
- El Grupo II abarca, en casos muy limitados y con un estándar de prueba muy alto, a personas con habilidad excepcional en las ciencias o las artes, incluidos profesores universitarios y, también con estándar excepcional, en las artes escénicas. Para estas ocupaciones, el DOL ya determinó que no hay suficientes trabajadores estadounidenses disponibles, por lo que no se exige el proceso de reclutamiento del PERM.
Existe además la opción del National Interest Waiver (NIW) dentro de la categoría EB-2. Permite saltarse tanto la oferta laboral como el PERM, cuando el trabajo del solicitante beneficia los intereses nacionales de Estados Unidos.
Suele usarse para investigadores, científicos y profesionales en áreas estratégicas. También existen algunos “waivers” específicos para médicos (physician NIW) que evitan el PERM bajo condiciones particulares de servicio en zonas con escasez de atención médica.
Lo que el empleador debe entender antes de empezar
Si tienes un negocio en Estados Unidos y piensas patrocinar a un trabajador extranjero, hay puntos que conviene tener claros desde el principio.
El proceso lo inicia y lo paga la empresa, no el empleado.
El DOL es estricto en esto: el empleador no puede trasladarle al trabajador los costos asociados al trámite del PERM. Esto incluye los honorarios del abogado vinculados específicamente a la certificación laboral, los gastos de publicación de avisos y los costos del reclutamiento.
Otros gastos del proceso, como las evaluaciones de credenciales académicas, las traducciones de documentos personales o los honorarios posteriores ante USCIS, sí pueden ser negociados con el trabajador y, en muchos casos, los asume el empleado o se divide entre las partes.
La empresa debe contar con un Federal Employment Identification Number (FEIN) válido y un lugar de trabajo identificable en Estados Unidos donde se puedan referir candidatos.
Antes de presentar la solicitud, también necesita una determinación de salario prevaleciente emitida por el National Prevailing Wage Center (NPWC), que se solicita con el Formulario ETA-9141.
Ese salario marca el piso que el empleador debe ofrecer y pagar al trabajador extranjero. Si la oferta queda por debajo, la solicitud no avanza.
Hay otro requisito que muchos empleadores subestiman, aunque este se evalúa más adelante en el proceso: la capacidad de pago.
Cuando se presenta el Formulario I-140 ante USCIS, la empresa tiene que demostrar que puede pagar el salario ofrecido desde la fecha de prioridad y de forma continua hasta que el trabajador obtenga la residencia.
Esto se prueba con declaraciones de impuestos, estados financieros auditados o reportes anuales.
Para empresas pequeñas o nuevas, este punto puede ser un obstáculo serio, así que conviene revisarlo desde antes de iniciar el PERM.
Los pasos del proceso PERM
El trámite tiene una secuencia que conviene conocer en detalle. Cada paso tiene plazos y requisitos formales que el DOL revisa con rigor.
Paso 1: Definir el puesto
El empleador identifica una vacante real, permanente y de tiempo completo. En el contexto del PERM, permanente significa que el puesto es indefinido y continuo, no temporal ni por proyecto. El cargo debe tener un título claro, funciones específicas, una ubicación geográfica determinada y los requisitos mínimos reales para desempeñarlo. El empleador no puede inflar los requisitos para hacer coincidir el perfil del trabajador extranjero.
Paso 2: Obtener la determinación del salario prevaleciente
La empresa presenta el Formulario ETA-9141 ante el NPWC. La oficina analiza el puesto y devuelve el salario mínimo que se debe ofrecer según la ocupación y el área geográfica. El proceso puede tomar varios meses.
Paso 3: Reclutamiento previo a la solicitud
Esta es la prueba del mercado laboral. El empleador debe demostrar que buscó trabajadores estadounidenses y no encontró candidatos calificados. Para puestos profesionales, el reclutamiento incluye una orden de empleo (“job order”) con la agencia estatal de empleo por al menos 30 días, dos avisos en domingo en un periódico de circulación general (uno de los cuales puede sustituirse por una revista profesional en ciertos casos) y al menos tres pasos adicionales como anuncios en el sitio web de la empresa, ferias de empleo, sitios de búsqueda de empleo, reclutamiento universitario o programas de referencia de empleados. También se debe publicar una notificación de presentación (“Notice of Filing”) en el lugar de trabajo o el sitio electrónico interno.
Paso 4: Respetar el periodo de espera
Todos los pasos de reclutamiento deben completarse dentro de los 180 días previos a presentar el PERM, y al menos 30 días antes de la presentación. Ese período de espera, llamado “quiet period” o “cool-off period” en inglés, es obligatorio. Presentar el PERM antes de cumplirlo es una de las causas más frecuentes de rechazo.
Paso 5: Presentar la solicitud
Una vez completados los pasos anteriores, el empleador presenta el Formulario ETA-9089 a través del sistema FLAG. Antes debe crear una cuenta en login.gov y una cuenta en FLAG. La fecha de presentación del ETA-9089 es la que se convierte en fecha de prioridad para efectos del Boletín de Visas.
Paso 6: Decisión del DOL
Si todo está en orden, el DOL emite una aprobación llamada “Final Determination – Permanent Employment Certification Approval”. La aprobación tiene validez de 180 días desde la fecha de certificación. Dentro de ese plazo, el empleador debe presentar el Formulario I-140 ante USCIS junto con la certificación aprobada. Si pasa el plazo sin presentar, la certificación caduca.
Qué pasa después de la aprobación de PERM
La certificación PERM aprobada es solo el primer eslabón.
Con ese documento en mano, el empleador presenta el Formulario I-140, Immigrant Petition for Alien Worker, ante USCIS, junto con evidencia de que el trabajador cumple con los requisitos del puesto y de que la empresa puede pagar el salario ofrecido. USCIS revisa todo de nuevo. La aprobación del PERM no garantiza la aprobación de la I-140.
Una vez aprobada la I-140, el trabajador debe esperar a que la fecha de prioridad esté disponible según el Boletín de Visas que publica mensualmente el Departamento de Estado.
Si la fecha ya está vigente, puede solicitar el ajuste de estatus dentro de Estados Unidos con el Formulario I-485 o el trámite consular si está fuera del país.
En ese paso se incluyen los exámenes médicos, las verificaciones de antecedentes y, en muchos casos, la entrevista.
Auditorías y reclutación supervisada
El DOL puede seleccionar una solicitud PERM para auditoría, ya sea al azar o porque detecta algo en la presentación.
Si eso ocurre, el empleador recibe una notificación con un plazo para entregar toda la documentación de respaldo:
- copias de los anuncios publicados;
- registros de la orden de empleo;
- currículums de los candidatos estadounidenses que se presentaron;
- razones específicas por las cuales fueron rechazados, y
- demás evidencia del proceso de reclutamiento.
En casos más complejos, el DOL puede ordenar lo que se conoce como “reclutación supervisada” (“supervised recruitment”, en inglés), donde la agencia controla directamente el proceso de búsqueda de trabajadores estadounidenses.
Por eso es esencial que el empleador conserve todos los registros del reclutamiento por al menos cinco años. Una auditoría sin documentación es una solicitud condenada al rechazo.
Lo que el trabajador inmigrante debe saber
Si eres el trabajador extranjero que un empleador quiere patrocinar, hay varias cosas que vale la pena saber.
La primera es que, en el proceso PERM, no eres tú quien presenta la solicitud sino tu empleador. El trámite depende de que la empresa esté comprometida, asuma los costos correspondientes y pueda demostrar capacidad de pago cuando llegue el momento de la I-140.
Existen otras vías de inmigración por empleo donde sí es posible autopostularse, como el NIW dentro de EB-2 o ciertas peticiones EB-1, pero esas no requieren PERM.
La segunda es que tus credenciales tienen que coincidir con los requisitos mínimos del puesto que se publica. Si el empleador exige una licenciatura (“bachelor’s degree” o equivalente) y dos años de experiencia, tu hoja de vida debe reflejar exactamente eso al momento de presentar la solicitud. USCIS revisa después si realmente cumplías con esos requisitos en la fecha de prioridad. Si no los cumplías, la petición se niega.
La tercera tiene que ver con el tiempo. El PERM por sí solo suele tardar entre 12 y 18 meses si no hay auditoría. Con auditoría puede pasar de 18 a 24 meses o más. A eso hay que sumarle el tiempo de procesamiento de la I-140 y, sobre todo, la espera para que tu fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas.
Para personas nacidas en México, Centroamérica o Sudamérica, las visas EB-2 y EB-3 suelen estar disponibles sin retrasos significativos, pero para personas nacidas en China o India la espera puede prolongarse muchos años. El proceso completo hacia la Green Card suele tomar varios años.
La cuarta es que el patrocinio no te ata para siempre a ese empleador. Una vez que obtienes la Green Card, eres residente permanente y puedes cambiar de trabajo libremente. Antes de eso, también existe una figura llamada portabilidad bajo la sección 106(c) de la ley AC21. Si tu Formulario I-485 lleva pendiente al menos 180 días, puedes cambiar a un empleo en una ocupación similar o comparable sin perder el trámite.
Hay que tener cuidado con los detalles, ya que un cambio mal manejado o demasiado temprano puede invalidar todo el proceso. Antes de aceptar otra oferta de trabajo durante el PERM o la I-140, conviene consultar con un abogado de inmigración.
Si eres un inmigrante latino con un negocio que quiere contratar
Muchos dueños de empresas en Estados Unidos son inmigrantes latinos. Algunos son ciudadanos estadounidenses, otros son residentes permanentes que ahora dirigen su propia compañía y quieren patrocinar a empleados extranjeros.
La nacionalidad o el origen del empleador no afecta su capacidad de presentar un PERM. Lo que importa es que la empresa esté constituida legalmente en Estados Unidos, tenga un FEIN, opere en el país y pueda cumplir con los requisitos económicos del proceso.
Lo que sí conviene revisar con un abogado es la relación entre el dueño de la empresa y el trabajador que se quiere patrocinar. Si existe un vínculo familiar o si el trabajador tiene una participación accionaria importante en la empresa, el DOL y USCIS analizan con más detalle si la oferta de empleo es genuina. No está prohibido, pero requiere documentación adicional y mayor preparación.
Errores comunes que retrasan o frustran el proceso
- Definir los requisitos del puesto para que encajen con el perfil del trabajador extranjero, en lugar de basarse en lo que realmente exige el cargo. El DOL detecta estas inconsistencias y rechaza la solicitud.
- No respetar el periodo de espera de 30 días entre el final del reclutamiento y la presentación del PERM.
- Hacer el reclutamiento sin documentar cada paso. Cada anuncio, cada respuesta de candidato y cada motivo de rechazo debe quedar registrado por escrito y conservarse al menos cinco años.
- Rechazar a un candidato estadounidense calificado por razones que no están relacionadas con el puesto. Si un candidato cumple con los requisitos mínimos, el empleador no puede ignorarlo.
- No estar preparado para una auditoría del DOL. Las auditorías pueden ocurrir al azar y exigen toda la documentación del reclutamiento en un plazo corto.
- Presentar la I-140 fuera del plazo de 180 días después de la aprobación PERM. La certificación caduca y se pierde el trabajo previo.
- Cobrarle al trabajador costos del PERM que el empleador debe asumir por ley. Esto puede invalidar la certificación y traer consecuencias legales.
- No anticipar la capacidad de pago de la empresa, en especial cuando se trata de negocios pequeños o de reciente creación, porque USCIS lo revisará en la I-140.

Leave a Reply