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Admitir consumo de drogas en una entrevista puede impedirte obtener la Green Card

La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) acaba de publicar un fallo que cambia un criterio vigente desde hace décadas.

El tema son las admisiones sobre drogas durante un trámite migratorio.

Hasta ahora, para que una admisión pudiera contar en tu contra, tenían que explicarte cómo define la ley ese delito.

La BIA eliminó ese requisito.

¿Qué significa esto si tienes una entrevista con inmigración por delante?

Veámoslo.

Residencia permanente de USA

Qué es una admisión en un trámite migratorio

Para inmigración, un delito de drogas puede tener consecuencias en tu trámite, aunque nunca te hayan condenado.

La ley dice que una persona puede ser inadmisible (es decir, que no califica para entrar al país o para obtener la residencia) por una conducta relacionada con drogas de dos maneras:

  1. Haber sido condenada por un delito relacionado con sustancias controladas.
  2. Admitir haber hecho los actos que forman los elementos esenciales de ese delito.

Esa segunda vía es lo que se conoce como “admisión”.

Y puede ocurrir, por ejemplo, en una entrevista con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) o en una audiencia ante un juez de inmigración.

Esto importa sobre todo en el ajuste de estatus (el trámite para obtener la Green Card sin salir de Estados Unidos).

Uno de los requisitos para que te lo aprueben es ser admisible. Si eres inadmisible por haber admitido haber hecho los actos que forman los elementos esenciales de un delito relacionado con sustancias contraladas, entonces no puedes obtener la Green Card por ajuste de estatus.

Solicitud de Green Card

Qué pasó en este caso

El caso es el de un ciudadano mexicano que estaba pidiendo la residencia permanente mediante ajuste de estatus.

En septiembre de 2016 tuvo su entrevista con USCIS en Tucson, Arizona. Estaba bajo juramento y la entrevista se hizo con un intérprete de español.

Durante esa entrevista, el oficial le preguntó por el consumo de drogas. Según el fallo, el hombre reconoció que:

  • compraba cocaína en la calle;
  • la consumía en su casa y fuera de ella;
  • la usó más o menos una vez por mes durante dos años;
  • sabía que usarla era ilegal en Arizona,
  • y que lo habían arrestado por consumirla.

El oficial dejó todo registrado en una declaración jurada.

Con el tiempo, el caso llegó a una corte de inmigración, dentro de un procedimiento de remoción (el proceso que puede terminar en una deportación).

En octubre de 2019, el juez decidió que esas respuestas eran una admisión válida. Por eso lo declaró inadmisible y le negó el ajuste de estatus.

El hombre apeló.

El 22 de septiembre de 2026, la BIA confirmó la decisión del juez.

Juicio

Qué argumentó y qué respondió la BIA

En la apelación, el inmigrante no cuestionó que había consumido cocaína. Lo que cuestionó fue la validez de su admisión.

Según él, su declaración no debía contar como admisión porque, antes de hablar, nadie le había explicado de forma adecuada la definición legal del delito y todos sus elementos.

Ese argumento se apoyaba en dos decisiones antiguas del propio BIA, de 1945 y 1957 (conocidas como “Matter of J-“ y “Matter of K-“).

Esas decisiones exigían, entre otras cosas, que la persona recibiera una explicación clara del delito, en palabras que pudiera entender, antes de admitirlo.

La BIA decidió dejar sin efecto esas dos decisiones. Según el fallo:

  • La ley no exige que te expliquen la definición exacta del delito antes de que hables.
  • Basta con que admitas haber hecho los actos que forman los elementos esenciales de un delito de drogas.
  • La protección de tus derechos viene de tener una audiencia justa ante el juez, no de esa explicación previa.
  • La BIA no puede agregar requisitos que la ley no pide.

En este caso, la BIA incluso reconoció que el oficial sí había dado explicaciones bastante completas. Pero aclaró que eso era más de lo necesario. La admisión de que había comprado y usado cocaína ya alcanzaba.

La BIA también indicó que el mismo análisis se aplica a las admisiones relacionadas con delitos que implican bajeza moral.

Qué pasa si la admisión se hace ante un juez de inmigración

La BIA dio una segunda razón, independiente de la primera, para confirmar la decisión.

Durante su audiencia en la corte de inmigración, el hombre volvió a reconocer que había tenido y usado cocaína. Lo hizo bajo juramento y con su abogado presente.

Para la BIA, esa declaración ante el juez también era una admisión válida por sí sola. Un tribunal federal de apelaciones ya había dicho antes que las viejas garantías no se aplicaban a este tipo de declaraciones en corte.

En otras palabras, lo que dices ante un juez de inmigración también puede usarse para decidir si calificas o no para un beneficio.

Juez de inmigración

El detalle del intérprete

La declaración jurada de la entrevista estaba escrita en inglés y no tenía una traducción certificada al español. El inmigrante argumentó que por eso no era confiable.

La BIA rechazó ese argumento. El expediente mostraba que la entrevista se hizo con un intérprete de español, y la BIA aplicó lo que se conoce como “presunción de regularidad”: se presume que los funcionarios cumplieron correctamente con sus funciones, salvo que exista evidencia clara de lo contrario.

Si en una entrevista no entiendes al intérprete o sientes que no está traduciendo bien lo que dices, lo mejor es decirlo en ese mismo momento. Después es mucho más difícil cuestionarlo.

Qué significa esto si tienes una entrevista o audiencia pendiente

Como se trata de una decisión precedente de la BIA, el fallo fija el criterio que los jueces de inmigración tienen que aplicar cuando surja esta misma cuestión en otros casos.

El fallo no dice que cualquier persona que alguna vez consumió drogas vaya a ser deportada. Lo que define es cuándo lo que dices cuenta como admisión para decidir si calificas para un beneficio, como la Green Card.

Recomendaciones para la entrevista de asilo afirmativo

Si tienes antecedentes relacionados con drogas, o si consumiste alguna sustancia controlada en el pasado, ten en cuenta estos puntos:

  1. Lo que dices en una declaración bajo juramento puede quedar registrado y usarse después. En este caso, una declaración hecha en 2016 siguió teniendo consecuencias en las distintas etapas del caso.
  2. No hace falta una condena. Tampoco es necesario que el oficial te explique antes cómo define la ley ese delito.
  3. Mentir no es una salida. Dar información falsa en un trámite migratorio puede traerte otro problema, a veces más grave y más difícil de resolver.
  4. Prepárate antes, no durante. Revisa con un abogado tus antecedentes, arrestos o situaciones pasadas antes de presentar tu solicitud o de ir a la entrevista.

Si ya hiciste una declaración de este tipo en una entrevista anterior, también conviene que un abogado de inmigración revise tu expediente para ver cómo puede afectar tu caso.

Consulta con DGO Legal

Si estás preparando un ajuste de estatus o tienes una entrevista o audiencia pendiente, y en tu pasado hay arrestos o situaciones relacionadas con drogas, en DGO Legal podemos revisar tu caso antes de que presentes tu solicitud o te presentes ante el oficial. Así sabrás qué riesgos tienes y cómo prepararte. Programa una consulta con nosotros hoy mismo haciendo clic aquí.

Gianfranco De Girolamo

Gianfranco De Girolamo

Exasesor de jueces de la corte de inmigración, Gianfranco De Girolamo obtuvo su título de abogado en la Facultad de Derecho de UCLA. También estudió en la Università Orientale Napoli y completó una maestría en la London School of Economics and Political Science. Es especialista certificado en leyes de inmigración por la Barra de Abogados de California y miembro del Colegio de Abogados del Estado de California. Ha sido conferencista en Harvard y desarrolló proyectos de inteligencia artificial aplicados a la inmigración en el MIT, combinando innovación tecnológica con su destacada experiencia legal.

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