Cuando se habla de visas de empleo para Estados Unidos, casi siempre se mencionan las categorías EB-1, EB-2 o EB-3.
Sin embargo, existe otra opción menos conocida que también puede abrir el camino hacia la residencia permanente para personas que cumplen requisitos muy específicos: la visa EB-4.
Aunque no está diseñada para la mayoría de los trabajadores, si perteneces a alguno de los grupos contemplados por la ley, esta categoría podría ser una alternativa para obtener una Green Card.
¿Qué es la visa EB-4?
La EB-4 es la cuarta categoría de visas de inmigrante basadas en empleo.
A diferencia de otras visas laborales, no se centra en el nivel de estudios, la experiencia profesional o una oferta de trabajo tradicional.
Está reservada para los llamados “inmigrantes especiales”, un conjunto de personas que, por su profesión, el servicio prestado a Estados Unidos o determinadas circunstancias personales, pueden acceder a un proceso migratorio diferente.
Si la solicitud es aprobada, el resultado es la residencia permanente, con todos los beneficios que esta trae.
¿Quiénes pueden calificar?
No existe un único perfil para la visa EB-4.
La ley incluye varias categorías, cada una con sus propios requisitos. Entre las más importantes se encuentran:
- Trabajadores religiosos que prestarán servicios a tiempo completo para una organización religiosa sin fines de lucro.
- Jóvenes inmigrantes especiales (SIJ), es decir, ciertos menores que han sufrido abandono, abuso o negligencia y cuentan con una orden de un tribunal estadounidense.
- Algunos empleados del gobierno de Estados Unidos destinados en el extranjero.
- Determinados funcionarios retirados de organizaciones internacionales y algunos familiares.
- Ciertos representantes de medios de comunicación que trabajarán para organismos autorizados por el gobierno estadounidense.
- Algunos miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos que cumplen los requisitos establecidos por la ley.
- Personas pertenecientes a otras categorías especiales creadas por el Congreso, como ciertos trabajadores del Canal de Panamá o algunos ciudadanos extranjeros que colaboraron con el gobierno estadounidense en situaciones específicas.
Cada grupo tiene reglas distintas, por lo que cumplir los requisitos de una categoría no significa automáticamente cumplir los de otra.
¿Se necesita un patrocinador?
Depende del caso.
En muchas categorías, una organización o empleador debe presentar la petición ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Esto ocurre, por ejemplo, con varios trabajadores religiosos.
Sin embargo, en otras situaciones la propia persona puede presentar la solicitud si la ley lo permite.
Por eso es importante identificar primero a qué subcategoría pertenece tu caso antes de iniciar cualquier trámite.
¿Qué formulario se utiliza?
La mayoría de las solicitudes comienzan con el Formulario I-360, que sirve para pedir el reconocimiento como inmigrante especial.
Junto con ese formulario deben presentarse documentos que demuestren que cumples todos los requisitos de la categoría correspondiente.
En algunos casos pueden ser necesarios documentos adicionales, como órdenes judiciales, cartas oficiales o pruebas del trabajo realizado.
¿Hace falta una certificación laboral?
Una diferencia importante entre la EB-4 y otras visas basadas en empleo es que, por regla general, no se requiere una certificación laboral (PERM).
Eso puede simplificar parte del proceso, aunque no significa que obtener la aprobación sea sencillo.
USCIS suele revisar la evidencia presentada con mucho cuidado.
¿Cuánto tarda el proceso?
No existe un plazo único.
Primero debe aprobarse la petición correspondiente y, después, es necesario que haya una visa disponible para esa categoría.
Como ocurre con otras visas de inmigrante, existe un número limitado cada año y algunos países pueden enfrentar tiempos de espera más largos.
Por eso conviene revisar periódicamente el Boletín de Visas, que muestra cuándo hay números de visa disponibles.
¿Qué ocurre después de la aprobación?
Cuando ya existe una visa disponible, el siguiente paso depende de dónde te encuentres.
Si estás legalmente en Estados Unidos y reúnes los requisitos, podrías solicitar un ajuste de estatus para convertirte en residente permanente sin salir del país.
Si estás fuera de Estados Unidos, normalmente deberás completar el proceso mediante una entrevista en un consulado o embajada estadounidense.
¿Puede beneficiarse la familia?
En muchas categorías de la visa EB-4, sí.
El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años pueden ser incluidos como beneficiarios derivados y, si cumplen los requisitos, también obtener la residencia permanente.
Pero esto depende de la categoría específica bajo la cual se presente la solicitud.
Un camino poco conocido, pero importante
La visa EB-4 no está disponible para la mayoría de las personas que desean emigrar a Estados Unidos.
Sin embargo, para quienes encajan en alguna de sus categorías especiales, puede representar una vía directa hacia la residencia permanente sin seguir el mismo procedimiento que otras visas basadas en empleo.
Debido a que cada subcategoría tiene requisitos muy particulares, conviene analizar cuidadosamente el caso antes de presentar una solicitud y reunir toda la documentación necesaria desde el principio.