Los estudiantes internacionales que planean cursar una carrera en Estados Unidos deberán adaptarse a un nuevo régimen migratorio.
Una nueva norma, que va a entrar en vigor pronto, va a poner un límite de tiempo a la permanencia de estudiantes internacionales en el país y los obligará a tramitar extensiones ante las autoridades si necesitan más plazo para terminar sus estudios.
La medida también va a alcanzar a visitantes de intercambio y a representantes de medios extranjeros.
Veamos de qué se trata.
Qué dice la norma y en qué etapa está
El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) envió el 5 de mayo de 2026 a la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB) la versión final de una norma que cambiará por completo la forma en que estudiantes internacionales, visitantes de intercambio y representantes de medios extranjeros son admitidos en el país.
La regla, identificada como RIN 1653-AA95, elimina la política de “Duración del estatus” (“Duration of Status” o D/S) que rige desde hace décadas y la reemplaza por un período de admisión con fecha fija.
La revisión de la OMB es el último paso antes de la publicación en el “Federal Register”.
Una vez publicada, la norma entrará en vigor 60 días después.
Si se confirman los plazos previstos, la nueva regla se aplicaría a los estudiantes que ingresen a Estados Unidos para el ciclo académico de septiembre de 2026.
Qué es la “Duración del estatus” y por qué importa
La política de “Duración del estatus” permite que los titulares de visa F (estudiantes académicos), J (visitantes de intercambio) e I (representantes de medios extranjeros) permanezcan en Estados Unidos durante todo el tiempo que dure su programa de estudios, intercambio o asignación, sin una fecha de salida fijada de antemano en el Formulario I-94.
Bajo este sistema, el oficial de la escuela designado (DSO) puede aprobar extensiones del Formulario I-20 cuando el estudiante necesita más tiempo para terminar su programa, siempre que mantenga su estatus migratorio activo y avance académicamente.
Esa flexibilidad ha sido clave, por ejemplo, para estudiantes de doctorado, programas combinados de inglés más carrera universitaria o quienes pasan a “Optional Practical Training (OPT)” tras graduarse.
Qué cambiaría con la nueva norma
La propuesta original publicada en agosto de 2025 contempla una serie de modificaciones de fondo.
Lo más probable es que la versión final conserve la mayoría de esos cambios:
– Período fijo de admisión
En lugar de “D/S”, el Formulario I-94 tendría una fecha de vencimiento concreta vinculada a la fecha de finalización del programa indicada en el Formulario I-20 (para F) o el DS-2019 (para J), con un tope máximo de cuatro años. Para programas de inglés intensivo bajo visa F, el límite previsto es de 24 meses.
– Solicitud de extensión ante USCIS
Si el programa académico requiere más tiempo del que cubre la admisión inicial, el estudiante o visitante de intercambio tendría que presentar el Formulario I-539 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) antes del vencimiento de su período autorizado. La solicitud incluye una tarifa, toma de datos biométricos y revisión discrecional por parte del oficial migratorio. Las decisiones dejarían de estar en manos de los DSO de las universidades.
– Período de gracia más corto para estudiantes F-1
La norma propuesta reduce el período de gracia posterior a la finalización del programa de 60 a 30 días. Ese plazo es el que el estudiante tiene para preparar su salida del país, presentar una solicitud de OPT o iniciar un cambio de estatus.
– Restricciones para cambiar de programa o nivel
Los estudiantes F-1 de pregrado no podrían cambiar de programa, especialidad o nivel educativo durante el primer año de estudios, salvo excepciones autorizadas por el Student and Exchange Visitor Program (SEVP). Los estudiantes de posgrado quedarían directamente impedidos de hacerlo. Además, quien complete un programa en un nivel determinado no podría obtener una nueva admisión F-1 para cursar otro programa en el mismo nivel o uno inferior.
– Acumulación de presencia ilegal
Bajo el sistema actual, un titular de visa F, J o I solo empieza a acumular presencia ilegal cuando USCIS o un juez de inmigración determina formalmente que violó su estatus. Con la nueva norma, la acumulación comenzaría automáticamente al vencer el período de admisión fijado, lo que activa el riesgo de las prohibiciones de reingreso de tres y diez años para quienes superen los 180 días o el año, respectivamente.
– Viajes mientras hay solicitudes pendientes
Si un titular de visa F, J o I viaja al exterior mientras tiene una solicitud de extensión pendiente, podría ser readmitido por el plazo restante de su admisión previa o por el período solicitado, según la documentación que presente al ingresar. La regla también codifica la política vigente de que viajar al exterior con un cambio de estatus pendiente equivale a abandonar esa solicitud.
– Definición más estricta de la categoría I
Para calificar como representante de medios extranjeros, la organización debe tener su sede principal fuera de Estados Unidos y dedicarse de forma habitual a la recopilación, producción o difusión de información periodística. Las actividades vinculadas al entretenimiento, como participar en programas de telerrealidad, no calificarían.
Qué pasa con los estudiantes que ya están en Estados Unidos
Según las proyecciones de la Association of International Educators (NAFSA), la versión final aplicaría principalmente a los estudiantes que ingresen al país a partir de septiembre de 2026.
Los estudiantes que ya estén dentro de Estados Unidos y necesiten extender su permanencia más allá de la fecha indicada en su I-20 deberán presentar una solicitud ante USCIS.
Existe la posibilidad de que se establezca un período de gracia de seis meses para los estudiantes en OPT después de la entrada en vigor de la regla, siempre que no salgan del país. La confirmación dependerá del texto final que se publique en el “Federal Register”.
Argumentos del Gobierno
El DHS sostiene que el sistema de “Duración del estatus” dificulta detectar casos de fraude y de incumplimiento del estatus migratorio. L
a medida se enmarca como una herramienta para mejorar la supervisión de la actividad de los estudiantes internacionales y para alinear la admisión de las categorías F, J e I con la del resto de las visas de no inmigrante, que ya tienen fechas fijas en el I-94.
La agencia también señala que las fechas de vencimiento concretas ofrecen puntos de control más claros para la aplicación de la ley migratoria y reducen la dependencia de las escuelas para determinar cuándo un extranjero pierde su estatus.
Preocupaciones del sector educativo
Las universidades, asociaciones del sector y expertos en inmigración han advertido sobre el impacto operativo y financiero que tendría la regla.
Entre los puntos más mencionados figuran:
- El aumento previsible de los tiempos de adjudicación de USCIS, que ya enfrenta retrasos significativos en la mayoría de sus formularios.
- El costo y la carga administrativa para estudiantes que cursan programas más largos que cuatro años, como muchos doctorados, programas médicos o dobles titulaciones.
- La incertidumbre sobre la continuidad del OPT y el STEM OPT, ya que ambos requerirían extensiones formales bajo el nuevo esquema.
- La necesidad de que las oficinas de servicios internacionales reorganicen sus equipos para asesorar a estudiantes con perfiles muy distintos: nuevos ingresantes, estudiantes en OPT, becarios J, doctorandos y otros.
Qué hacer si tienes visa F, J o I
Si te encuentras en Estados Unidos con visa F, J o I, o planeas iniciar un programa académico en los próximos meses, conviene tomar algunas medidas básicas:
- Revisa tu Formulario I-94 en i94.cbp.dhs.gov y verifica la fecha de admisión registrada.
- Mantén comunicación frecuente con el DSO o el oficial responsable de tu programa para recibir las actualizaciones que las instituciones envíen una vez que se publique la regla final.
- Planifica con anticipación la finalización de tu programa, especialmente si proyectas solicitar OPT o STEM OPT.
- Considera el costo de una eventual presentación del Formulario I-539, así como los plazos de procesamiento de USCIS.
- Documenta cualquier circunstancia que pueda afectar tu progreso académico, ya que podría ser relevante en una solicitud de extensión.

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