Los castigos de 3 y 10 años son la razón por la que millones de inmigrantes no pueden regularizar su situación migratoria en Estados Unidos y la razón por la que muchas familias no pueden reunificarse.
Explicado de forma muy simple: cuando una persona permanece en Estados Unidos más tiempo del permitido, acumula lo que se llama “presencia ilegal”. Si esta persona sale del país, puede quedar prohibida de regresar durante 3 o 10 años, dependiendo del tiempo que estuvo sin autorización.
Es crucial entender cómo funcionan estos castigos antes de tomar decisiones sobre tu situación migratoria. Un error puede resultar en una separación familiar de varios años que pudo haberse evitado.
En este artículo, te voy a contar en detalle qué significa la presencia ilegal, cómo funcionan los castigos de 3 y de 10 años, y qué opciones tienes si estos castigos te afectan.
Qué es y cómo se calcula la presencia ilegal
La presencia ilegal es el tiempo que pasas en Estados Unidos sin permiso, ya sea porque entraste sin papeles, o porque venció el período de estadía autorizado (por ejemplo, venció tu visa).
La presencia ilegal se calculará de forma distinta dependiendo de tu situación.
Si entraste sin papeles, por ejemplo, la presencia ilegal se cuenta desde el día en que llegaste a los Estados Unidos.
Si, en cambio, entraste con una visa y te quedaste más allá del tiempo permitido, la presencia ilegal empezará a correr desde el día en que tu visa venció.
Si recibiste una orden de deportación y no la cumpliste, la presencia ilegal corre desde el día de la orden de deportación.
Es posible que la presencia ilegal sea interrumpida (por ejemplo, si saliste de los Estados Unidos), pero, si vuelves a ingresar sin autorización, el nuevo período de presencia ilegal se suma al anterior.

Además, hay que tener en cuenta que existen varias excepciones para la acumulación de presencia ilegal.
Por ejemplo, los no ciudadanos menores de 18 años no acumulan presencia ilegal.
Tampoco cuenta como presencia ilegal el tiempo que lleve el trámite de solicitud de asilo, siempre que no hayan trabajado sin permiso.
Las víctimas de formas grave de trata de personas tampoco acumulan presencia ilegal, si la trata fue una razón principal por la que estaban presentes en los Estados Unidos.
Las personas que califiquen para la protección prevista por la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) y sus dependientes tampoco acumulan presencia ilegal, siempre y cuando demuestren una conexión entre la agresión sufrida y la violación de los términos de su visa.
Como ves, el cómputo de la presencia ilegal puede variar mucho según tu situación personal, por lo que habrá que analizar cada caso concreto.
Los castigos
Si violas las leyes migratorias de los Estados Unidos, podrías sufrir una sanción, como multas, la prohibición de reingreso, la deportación e incluso la prisión.
Los llamados “castigos de 3 y de 10 años” son justamente un tipo de sanción por presencia ilegal. La sanción en estos casos es la prohibición de reingreso a los Estados Unidos.
Estas prohibiciones de reingreso son casi siempre automáticas, y se aplican salvo que se obtenga un perdón (“waiver”) o algún otro tipo de alivio migratorio.
Una aclaración importante: la presencia ilegal por sí sola, si no sales del territorio de los Estados Unidos, no va a generar el castigo de 3 o 10 años previsto en la ley. El castigo se genera una vez que sales del país.

Sin embargo, la presencia ilegal te puede complicar la vida en el futuro, ante los oficiales de inmigración. Si acumulas presencia ilegal, es probable que no te renueven una visa, te la cancelen o te impidan la entrada a Estados Unidos.
Recordemos que los oficiales de inmigración tienen discrecionalidad. Esto significa que tienen libertad para decidir si te otorgan o te renuevan o no una visa, o si te dejan entrar o no a Estados Unidos en la frontera o en el aeropuerto.
Y, créeme, no quieres estar en esta situación en la que acumulaste presencia ilegal y tienes que estar en manos de la discrecionalidad de un oficial.
El castigo de 3 años
El castigo de 3 años es la prohibición de reingreso que se aplica a quienes permanecen ilegalmente en los Estados Unidos entre 181 y 364 días.
En otras palabras, si una persona se encuentra en Estados Unidos (haya entrado con o sin papeles), se queda entre 181 y 364 más de lo que podía y sale del país, por tres años no va a poder volver a entrar.
Vamos a poner un par de ejemplos muy sencillos que ocurren seguido:
- El caso de Martín
Supongamos que Martín entra con una visa de turista y lo dejan quedarse 180 días o seis meses. A Martín le gusta mucho Estados Unidos y, en vez de salir antes de los 180 días permitidos, se queda en Estados Unidos. A partir del día en que su visa venció, empieza a acumular presencia ilegal.
Atención: aún no tiene el castigo de 3 y 10 años, pero ya tiene presencia ilegal.
Es probable que no le renueven una visa, se la cancelen o le impidan la entrada a Estados Unidos.
Pero todavía no hay un castigo específico de años en la ley. Simplemente tiene presencia ilegal, y esto le va a complicar la vida en el futuro, ante los oficiales de inmigración.
Sigamos con el ejemplo de Martín, que entró con una visa.
Le gustó muchísimo Estados Unidos y en vez de quedarse solo unos días de más acumulando presencia ilegal, se quedó 181 días acumulando presencia ilegal. A partir de ese día, si sale de Estados Unidos, se activa el castigo automático de tres años y no va a poder volver a entrar a Estados Unidos por ese tiempo.
- El caso de Pilar
Imaginemos que Pilar entró sin papeles a Estados Unidos. A diferencia de Martín, Pilar empieza a acumular presencia ilegal desde el primer día que ingresa, porque no la habían autorizado ingresar.
Entonces, a los 181 días de haber ingresado, si Pilar sale de Estados Unidos, se activa el castigo de tres años.
Mientras que, en el ejemplo de Martín, el castigo de 3 años se activó recién a los 361 días de haber entrado al país, porque los primeros 180 días de su estadía estuvieron cubiertos por su visa de turismo.
El castigo de 10 años
El castigo de 10 años es la prohibición de reingreso que se aplica a quienes permanecen ilegalmente en los Estados Unidos 365 días o más.
Volvamos al ejemplo de Martín, que había entrado con visa.
Supongamos que Martín en este punto ya está enamoradísimo de Estados Unidos, y se termina quedando más de un año de lo que le habían permitido.
Entonces, supongamos que se quedó 366 días más de lo permitido. A partir de ahí, si sale de Estados Unidos, por 10 años no va a poder volver a entrar.
Explicado de forma muy sencilla: si te quedas un día de más de lo permitido acumulas presencia ilegal. Pero si son 365 días o menos y sales, por tres años no puedes volver a entrar. En cambio, si te quedas 365 días más de los que tienes permitido y sales, por 10 años no puedes volver a entrar.
El dilema del inmigrante
Este es el dilema de millones de personas en Estados Unidos: me quedo indocumentado, sin poder regularizar mi situación migratoria y sin poder salir, o salgo para regularizar mi situación y me arriesgo a no poder volver a entrar.
Es un riesgo enorme que millones de inmigrantes no están dispuestos a correr.
Hay muchas personas que viven hace años en esta situación en Estados Unidos, y ya tienen una familia o un negocio. Ya echaron raíces. Entonces, es una decisión muy compleja.
Soluciones posibles
Si estás en esta situación, no todo está perdido.
Para algunos de estos casos existen perdones, que se conocen como “waivers”.
Recuerda que el castigo solo se activa si sales de Estados Unidos.
Entonces, algunas personas que tienen varios años acumulando presencia ilegal y sufrirían el castigo si salieran, pueden regularizar su situación migratoria sin salir de Estados Unidos si:
- Entraron con visa o “parole”, y
- Son familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense (en general, padres, esposos o hijos menores de 21 años solteros de ciudadanos estadounidenses)
Suponiendo que no eres elegible para regularizar tu situación dentro de Estados Unidos, porque lo estás haciendo a través de otro tipo de familiar o del trabajo o de otra manera, y tienes que salir al consulado fuera de Estados Unidos, puedes pedir un perdón (un “waiver”) solo si cumples con uno de estos dos requisitos:
- Tener un familiar que te califique para el perdón, como padres ciudadanos o residentes o esposos ciudadanos o residentes. Una aclaración: los hijos no califican para el perdón, por eso muchas personas que entraron sin papeles no pueden regularizar su situación, a pesar de tener hijos ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.
- Demostrar que uno o más de los familiares calificados (porque puedes usar a más de uno) sufriría extremadamente si tuvieras que esperar el tiempo del castigo. Esto se hace antes de salir de los Estados Unidos, presentando el formulario I-601A ante USCIS, que es la agencia de inmigración. El sufrimiento puede ser económico, físico, mental o emotivo.

Es importante tener en cuenta que cada caso migratorio es único y requiere un análisis detallado: las opciones mencionadas tienen requisitos específicos y no todos calificarán para ellas.
Además, este tipo de tramite involucra dos agencias distintas de los Estados Unidos (a USCIS y al Departamento de Estado, vía el consulado en tu país de origen) y las dos tienen que estar de acuerdo para que el “waiver” funcione. Esto complica las cosas aún más. Sumado a que algunos de estos procesos pueden tomar varios años para completarse.
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