La comunidad más grande e informada del mundo

CBP deja de sellar los pasaportes al entrar a USA

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) anunció que dejará de sellar los pasaportes de forma rutinaria en la inspección migratoria.

El anuncio salió en un boletín del 1 de octubre de 2026.

Si viajas a Estados Unidos con visa de turista, de estudiante o de trabajo, ya no deberías esperar recibir un sello como parte del procedimiento habitual de entrada.

Entonces, ¿cómo vas a demostrar cuándo entraste y cuánto tiempo puedes quedarte?

Te lo explicamos.

Puerto de entrada de USA

Qué era el sello de admisión

Cuando entrabas a Estados Unidos como extranjero, el oficial de CBP solía estampar un sello en tu pasaporte.

Ese sello mostraba la fecha y el lugar de entrada, el tipo de visa con el que fuiste admitido y, en muchos casos, la fecha hasta la que podías quedarte en el país.

Para muchos viajeros era la única prueba física de su entrada, porque el formulario I-94 ya funciona principalmente de forma electrónica.

Presencia física

Qué cambia con el anuncio de CBP

CBP dejará de usar el sello de forma rutinaria durante la inspección primaria. Esa es la primera revisión que hace el oficial en la cabina, cuando muestras tu pasaporte al llegar.

Según la agencia, el cambio busca acortar los tiempos de espera y bajar los costos. Forma parte de un proceso más amplio que incluye formularios automáticos, servicios desde el celular y el uso de reconocimiento facial.

El boletín no fija una fecha de inicio aparte ni un calendario por aeropuerto. Por eso, es posible que durante un tiempo algunos oficiales sigan sellando y otros no.

Plazos

En qué casos todavía pueden sellar tu pasaporte

El sello no desaparece por completo.

CBP aclaró que se puede seguir usando en estas situaciones:

  • Inspección secundaria. Es cuando el oficial te deriva a una oficina aparte para hacerte más preguntas o revisar tus documentos.
  • Visas de inmigrante. Si llegas a Estados Unidos con una visa de inmigrante (la que te convierte en residente permanente al entrar), el oficial puede sellar tu pasaporte.
  • Si lo pides. Puedes pedirle al oficial que te selle el pasaporte.

Ten en cuenta que pedirlo no garantiza que te lo den. CBP dice que el sello se usará “cuando corresponda”, así que la decisión queda en manos del oficial.

El I-94 pasa a ser aún más importante como prueba de tu admisión

Que no te sellen el pasaporte no significa que tu entrada no quede registrada.

Si eres un viajero que recibe un I-94, ese registro electrónico contiene la información sobre tu admisión y el tiempo que estás autorizado a permanecer en Estados Unidos.

En el I-94 figuran:

  • La fecha en que entraste a Estados Unidos.
  • La categoría con la que te admitieron (por ejemplo, B-2 para turismo o F-1 para estudiantes).
  • La fecha límite de tu estadía, que aparece como “admit until date” (fecha hasta la que estás autorizado a permanecer).
Formulario I-94

Puedes consultarlo en el sitio oficial de CBP para el I-94 o en la aplicación gratuita CBP Link. Ahí también puedes ver tu historial de entradas y salidas.

Si no logras encontrar tu registro, CBP recomienda comunicarte con el puerto de entrada más cercano.

Para saber más sobre este tema, te recomendamos el artículo “Formulario I-94: qué es, para qué sirve y cómo consultarlo”.

Qué no cambia

El fin del uso rutinario del sello cambia la forma en que se registra tu entrada, no las reglas para entrar.

Sigues necesitando la visa que corresponda, o una autorización ESTA si eres ciudadano de un país del Programa de Exención de Visas, como Chile. Con ESTA, la estadía máxima sigue siendo de 90 días.

La decisión final de dejarte entrar también sigue siendo del oficial de CBP en el puerto de entrada.

Y si sales de la inspección sin un sello en el pasaporte, eso por sí solo no indica ningún problema con tu admisión.

Consulta con DGO Legal

Si encontraste un error en tu I-94, no tienes claro cuánto tiempo puedes quedarte o necesitas demostrar cómo y cuándo ingresaste a Estados Unidos para un trámite de residencia, en DGO Legal podemos revisar tu caso y ayudarte a dar el próximo paso. Programa una consulta con nosotros hoy mismo aquí.

Gianfranco De Girolamo

Gianfranco De Girolamo

Exasesor de jueces de la corte de inmigración, Gianfranco De Girolamo obtuvo su título de abogado en la Facultad de Derecho de UCLA. También estudió en la Università Orientale Napoli y completó una maestría en la London School of Economics and Political Science. Es especialista certificado en leyes de inmigración por la Barra de Abogados de California y miembro del Colegio de Abogados del Estado de California. Ha sido conferencista en Harvard y desarrolló proyectos de inteligencia artificial aplicados a la inmigración en el MIT, combinando innovación tecnológica con su destacada experiencia legal.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *