Una nueva decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos redefine en qué momento una persona “llega” al país a efectos de solicitar asilo.
En los hechos, el fallo permite que las autoridades migratorias impidan físicamente que los solicitantes de asilo crucen la frontera con México, sin obligación de inspeccionarlos ni de recibir sus solicitudes.
La decisión se dictó el 25 de junio de 2026 por una mayoría de 6 votos contra 3.
Sigue leyendo para entender mejor de qué se trata.
El caso y la pregunta de fondo
El caso, conocido como “Mullin v. Al Otro Lado“, giró en torno a una sola pregunta: en qué momento una persona que busca entrar desde México “llega a Estados Unidos”.
Según dos disposiciones clave de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 U.S.C. §§ 1158(a)(1) y 1225(a)(1)), quien “llega a Estados Unidos” tiene derecho a ser inspeccionado por un oficial migratorio y puede solicitar asilo.
La discusión era si esa llegada ocurre cuando la persona está parada del lado mexicano de la frontera o solo cuando efectivamente la cruza.
Qué decidió la mayoría
La opinión, redactada por el juez Samuel Alito y acompañada por los jueces Roberts, Thomas, Gorsuch, Kavanaugh y Barrett, concluyó que una persona que está en México no “llega a Estados Unidos” por el solo hecho de intentar, sin éxito, poner un pie en el país.
Según la mayoría, alguien llega a un lugar únicamente cuando entra en él.
Alito escribió que, en el lenguaje común, nadie diría que una persona “llega a” un sitio antes de entrar en él, y usó ejemplos cotidianos: un corredor de fútbol americano no llega a la zona de anotación cuando lo derriban en la yarda uno, y una carta no llega al buzón mientras sigue en la mano del cartero.
La Corte sostuvo que el contexto de la ley respalda esa lectura. Otras secciones de la Ley de Inmigración sí mencionan el intento de entrada, pero las disposiciones sobre asilo no lo hacen, lo que para la mayoría indica una decisión deliberada del Congreso.
La Corte agregó que la presunción contra la aplicación extraterritorial de las leyes también favorece esa interpretación, porque obligar a inspeccionar a personas que están fuera del territorio extendería el alcance de la norma más allá de las fronteras del país.
Con este fallo, la Corte revocó la decisión del Noveno Circuito de Apelaciones, que en 2024 había resuelto que una persona que se presenta ante un oficial en la frontera ya ha llegado, sin importar de qué lado esté parada.
El origen del caso y la política de “metering”
El litigio comenzó en 2017, cuando la organización Al Otro Lado y un grupo de solicitantes de asilo demandaron al gobierno por la práctica conocida como “metering” (“control de flujos”).
Esa política, iniciada en 2016 durante la administración de Barack Obama y formalizada en 2018 durante el primer mandato de Donald Trump, permitía a los oficiales pararse del lado estadounidense de la frontera para limitar cuántas personas podían entrar a ser procesadas cada día. El gobierno de Joe Biden la dejó sin efecto en 2021.
La administración actual le pidió a la Corte que confirmara la legalidad de la práctica y señaló que podría retomarla si las condiciones en la frontera lo ameritaran.
La Corte aclaró que no se pronunció sobre si esa política es acertada o conveniente, sino únicamente sobre su interpretación de la ley.
Los votos en contra
Las tres juezas que disintieron fueron Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson.
Sotomayor leyó un resumen de su voto disidente en voz alta desde el estrado, un gesto que suele señalar un desacuerdo profundo. Argumentó que la frase “llega a Estados Unidos” debe leerse en su contexto y que abarca a quienes están en proceso de llegar, sin importar dónde estén sus pies.
Advirtió que la interpretación de la mayoría permite al gobierno eludir todo el sistema de inspección y asilo con solo bloquear la entrada en el umbral de un puerto de ingreso.
Jackson escribió además un voto separado en el que cuestionó que la Corte hubiera resuelto el caso, dado que la política de “metering” no está vigente desde hace casi cinco años y el gobierno no ha presentado un plan concreto para reinstaurarla.
Qué significa en la práctica
El fallo permite que el gobierno retome la práctica de rechazar en la frontera a quienes buscan asilo antes de que crucen.
Para quienes huyen de persecución, esto puede traducirse en esperas prolongadas del lado mexicano y en la necesidad de presentarse físicamente en territorio estadounidense para activar el derecho a solicitar asilo.
Las reglas y los procedimientos en la frontera pueden cambiar con rapidez, por lo que conviene verificar la situación vigente antes de tomar cualquier decisión.

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