Si ya tienes la ciudadanía estadounidense (¡felicidades!) y quieres traer a tu hijo a vivir contigo en Estados Unidos de forma permanente, tienes derecho a pedirle una Green Card.
El proceso varía según la edad y el estado civil de tu hijo, así que en este artículo te explicamos cómo funciona en cada caso.
Lo primero que debes saber
Como ciudadano estadounidense puedes pedir la residencia permanente (Green Card) para tus hijos biológicos, tus hijastros y tus hijos adoptivos.
La ley también reconoce a hijos nacidos fuera del matrimonio, aunque en algunos casos se necesita demostrar la relación con documentos adicionales.
El primer paso en todos los casos es llenar el formulario I-130, que es la petición oficial para familiares extranjeros.
Con ese formulario le dices al gobierno que existe una relación familiar real y que quieres iniciar el proceso para que tu hijo pueda vivir aquí de manera legal y permanente.
Si tu hijo es menor de 21 años y no está casado
Esta es la situación más rápida de todas.
Los hijos menores de 21 años y solteros de ciudadanos estadounidenses se consideran “familiares inmediatos” según la ley de inmigración. Esto significa que no los van a poner en ninguna lista de espera. Las visas para ellos están siempre disponibles.
Cuánto tiempo tarde el proceso completo va a variar según el caso y la carga de trabajo. Digamos que, aproximadamente, puede tomar entre 12 y 18 meses.
Lo que ocurre después de presentar el I-130 depende de dónde esté tu hijo:
- Si tu hijo ya vive dentro de Estados Unidos y entró legalmente al país, puede pedir su Green Card desde aquí sin salir del país. Esto se llama “ajuste de estatus” y se hace con el formulario I-485. Incluso es posible presentar el I-130 y el I-485 al mismo tiempo para ahorrar tiempo.
- Si tu hijo está fuera de Estados Unidos, el proceso se llama “proceso consular” porque se hace a través del consulado estadounidense en su país. Una vez aprobada la petición, el caso pasa por el Centro Nacional de Visas y luego se agenda una entrevista en el consulado.
Si tu hijo tiene 21 años o más y no está casado
Cuando un hijo cumple 21 años deja de ser “familiar inmediato” y pasa a una categoría llamada Primera Preferencia (F1). Esto significa que hay una lista de espera y el proceso se alarga bastante.
El tiempo de espera promedio para la mayoría de países es de varios años. Para personas de México la espera puede ser mucho más larga debido a la alta demanda de visas de ese país.
Hay algo importante que debes tener en cuenta: si tu hijo se casa mientras está esperando su turno en esta categoría, pierde su lugar en la lista F1 y pasa a otra categoría con tiempos de espera aún más largos. Por eso, si tu hijo está en este proceso, es clave que estén atentos a cómo cambia su situación personal.
Una protección importante que existe en la ley se llama Child Status Protection Act. Esta ley ayuda a los hijos que cumplen 21 años mientras su caso está en trámite, permitiendo en ciertos casos que no pierdan su clasificación como menores. Consultar con un abogado de inmigración es muy recomendable si tu hijo está cerca de cumplir los 21 años.
Si tu hijo está casado
Como ciudadano estadounidense también puedes pedir la Green Card para un hijo casado, sin importar su edad.
Estos casos entran en la categoría de Tercera Preferencia (F3) y tienen tiempos de espera bastante largos, que pueden extenderse muchos años dependiendo del país de origen.
Cuando pides la Green Card para un hijo casado, su esposo o esposa y sus hijos también pueden ser incluidos en el proceso como beneficiarios.
Qué documentos necesitas tener listos
Para empezar el proceso necesitas reunir los siguientes documentos:
- Tu prueba de ciudadanía estadounidense (tu pasaporte, tu acta de nacimiento si naciste aquí o tu certificado de naturalización).
- El acta de nacimiento de tu hijo que muestre el vínculo familiar.
- Si se trata de un hijastro, el acta de matrimonio que creó esa relación. Ese matrimonio debe haber ocurrido antes de que el hijo cumpliera 18 años.
- Si es un hijo adoptivo, los papeles de la adopción. La adopción debe haberse completado antes de que el niño cumpliera 16 años.
Además del I-130, el proceso incluye una declaración jurada (el formulario I-864) donde demuestras que puedes mantener a tu hijo financieramente.
El requisito es que tus ingresos alcancen al menos el 125 % del nivel de pobreza establecido por el gobierno para el tamaño de tu familia.
Si tus ingresos no alcanzan, puedes buscar a alguien de confianza que firme como patrocinador conjunto.
Una advertencia importante
Si tu hijo está en Estados Unidos sin estatus legal, es decir, si se quedó más tiempo del permitido o entró sin documentos, su situación es más complicada.
En ese caso no podrá hacer el ajuste de estatus desde aquí y hay restricciones serias que podrían complicar el proceso.
En estas situaciones es muy importante hablar con un abogado de inmigración antes de tomar cualquier paso.

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