Obtener asilo en los Estados Unidos te trae muchos beneficios: te permite vivir y trabajar legalmente en Estados Unidos. Después de un año como asilado, puedes solicitar la residencia permanente (Green Card). Y, eventualmente, podrías convertirte en ciudadano estadounidense.
Pero ganar un caso de asilo no es fácil. Hay que demostrar que fuiste perseguido o tienes un miedo fundado de ser perseguido en tu país de origen.
Y esa persecución no puede ser por cualquier razón, tiene que estar basada en al menos una de las cinco causales previstas por la ley.
En este artículo te contamos:
- Cuáles son las cinco causales protegidas por la ley de asilo en Estados Unidos.
- Qué se considera persecución y qué situaciones no califican legalmente como tal.
- La diferencia entre persecución pasada y miedo fundado de persecución futura.
- Qué tipos de daños (físicos, psicológicos, económicos y amenazas) pueden constituir persecución.
- Quiénes pueden ser considerados perseguidores y cómo se evalúa un caso en su conjunto.
Las cinco causales protegidas
Antes de entrar a ver cómo se define la persecución, es importante repasar las cinco causales protegidas para el asilo. Porque si hay persecución, pero no es por al menos una de estas causales, no te van a dar asilo.
Para calificar para asilo, entonces, la persecución que sufriste o temes debe estar basada en al menos una de estas cinco razones:
1. Raza: cuando te atacan por tu origen racial, como poblaciones indígenas perseguidas o minorías raciales discriminadas violentamente.
2. Religión: cuando te persiguen por tus creencias religiosas, ya sea porque practicas una religión minoritaria, porque te convertiste a otra religión o incluso porque no quieres practicar la religión dominante.
3. Nacionalidad: cuando te atacan por tu nacionalidad o por pertenecer a un grupo étnico o lingüístico específico dentro de un país.
4. Opinión política: cuando te persiguen por tus ideas políticas, por oponerte al gobierno, por apoyar a ciertos partidos o movimientos o incluso por lo que el gobierno cree que piensas políticamente.
5. Pertenencia a un grupo social particular: esta categoría es más amplia e incluye grupos que comparten características fundamentales que no pueden o no deberían tener que cambiar. Aquí entran casos de persecución por orientación sexual, identidad de género, víctimas de violencia doméstica en ciertos contextos, personas amenazadas por pandillas en situaciones específicas y otros grupos identificables.
Ahora que ya tenemos en claro cuáles son las causales protegidas, podemos entrar a ver qué es esto de la persecución.
Persecución pasada o miedo futuro de persecución
Para obtener asilo, debes demostrar una de dos cosas:
- que ya sufriste persecución en el pasado por una de estas cinco causales o
- que tienes un miedo bien fundado de sufrir persecución en el futuro por una de estas cinco causales si regresas a tu país.
No necesitas esperar a que te lastimen para pedir protección; un temor razonable y creíble de que te perseguirán es suficiente.
Ahora bien, ¿qué significa exactamente “persecución”? Este es el concepto que muchas personas malinterpretan, y entenderlo correctamente puede hacer la diferencia en un caso de asilo.
La persecución va más allá del daño físico
Aunque muchos creen que la persecución se limita a golpes, torturas o amenazas de muerte, las cortes estadounidenses han reconocido que el daño psicológico también cuenta.
Por ejemplo, si alguien vive bajo amenazas constantes que le causan un miedo paralizante o si fue obligado a presenciar violencia contra sus seres queridos con la intención de causarle sufrimiento, esto puede considerarse persecución.
El punto clave es que el daño debe ser lo suficientemente grave como para afectar la vida, la libertad o la dignidad de la persona.
No basta con experiencias desagradables o incómodas; tiene que tratarse de algo que realmente ponga en peligro aspectos fundamentales de la existencia.
La discriminación y el acoso pueden convertirse en persecución
No toda discriminación califica automáticamente como persecución.
Sin embargo, cuando los actos discriminatorios se acumulan o aumentan en gravedad hasta el punto de crear consecuencias realmente perjudiciales, pueden cruzar esa línea.
Imagina a alguien que no solo es rechazado para empleos por su religión, sino que además le niegan servicios básicos, destruyen su propiedad, lo excluyen de la educación y lo someten a vigilancia constante.
Cada acto individual podría parecer “solo” discriminación, pero cuando se juntan todos estos elementos durante meses o años, el efecto acumulativo puede representar persecución real.
El daño económico severo también cuenta
Perder un trabajo o enfrentar dificultades financieras, por sí solo, generalmente no es persecución.
Pero cuando el gobierno o grupos que el gobierno no controla te privan deliberadamente de los medios básicos para sobrevivir, la situación cambia.
Si te confiscan tu casa y todas tus pertenencias, te impiden trabajar en cualquier empleo, te niegan alimentos o te destruyen tu negocio específicamente por tu identidad o creencias, ese nivel de privación económica puede constituir persecución.
La diferencia está en la severidad y en que sea un acto intencional dirigido contra ti por una de las cinco causales protegidas.
Las amenazas serias pueden ser suficientes
No es necesario que te hayan lastimado físicamente para demostrar persecución.
Una amenaza de muerte creíble, especialmente si viene de alguien con los medios para cumplirla, puede considerarse persecución por sí sola.
Las cortes evalúan si:
- El perseguidor intentó actuar según la amenaza
- La amenaza es lo suficientemente grave por su naturaleza
- Ya te han dañado de otras maneras
- Han atacado a tu familia
- Han cumplido amenazas similares contra otras personas en tu situación
- Sufriste daño emocional o psicológico por la amenaza
El daño a familiares puede constituir tu persecución
Si lastiman a un miembro de tu familia con la intención específica de causarte sufrimiento a ti, eso puede considerarse persecución en tu contra.
Por ejemplo, si secuestran a tu hijo para presionarte políticamente o si golpean a tu cónyuge para castigarte por tus creencias religiosas.
La diferencia importante aquí es la intención.
El daño debe estar dirigido a lastimarte a ti a través de tu ser querido, y debe estar conectado con una de las cinco causales protegidas.
La detención y los arrestos dependen de las circunstancias
No todos los arrestos o detenciones califican como persecución.
Las cortes consideran varios factores:
- Cuánto tiempo duraron
- Si hubo maltrato durante la detención
- Si se respetaron tus derechos legales básicos
- Si las condiciones fueron degradantes
Una detención breve sin maltrato generalmente no es persecución. Pero múltiples detenciones, incluso si son cortas, pueden acumularse. Y una detención con golpes, privación de alimentos, condiciones insalubres o tortura casi siempre constituye persecución.
Quién puede ser el perseguidor
Para que califique como persecución para el asilo, el daño debe venir del gobierno de tu país o de grupos que el gobierno no puede o no quiere controlar.
Esto incluye:
- Agentes gubernamentales directos (policía, militar, funcionarios)
- Grupos organizados como pandillas o guerrillas que operan sin control gubernamental
- Individuos particulares cuando el gobierno se niega a protegerte o no tiene capacidad para hacerlo
Si reportaste los ataques a las autoridades y no hicieron nada o si tienes razones válidas para no haber reportado (como que la policía está involucrada), esto apoya tu caso.
Los casos acumulativos importan
Las cortes entienden que a veces ningún incidente individual por sí solo parece lo suficientemente grave, pero cuando se ve el panorama completo de lo que alguien ha vivido, la suma total sí constituye persecución.
Por ejemplo, alguien que fue despedido de su trabajo, cuya casa fue vandalizada tres veces, que recibió amenazas constantes, que fue golpeado levemente en dos ocasiones y cuyo hijo fue acosado en la escuela, todo por su identidad religiosa, podría tener un caso válido cuando se consideran todos estos eventos juntos.
Situaciones especiales reconocidas
La ley estadounidense reconoce específicamente ciertas situaciones como persecución:
- La mutilación genital femenina siempre constituye persecución
- El aborto forzado o la esterilización forzada califican como persecución
- La violencia sexual, incluyendo violación, es persecución
- Ser obligado a actuar contra tus creencias más profundas puede ser persecución
Lo que no califica como persecución
Es importante entender que algunas situaciones difíciles, aunque terribles, no califican para asilo:
- Problemas económicos generales del país
- Inseguridad o violencia que afecta a toda la población por igual
- Discriminación menor o incomodidades sociales
- Consecuencias legítimas por haber cometido crímenes reales
Además, recuerda que no importa qué tan grave sea el daño: si no está conectado con una de las cinco causales protegidas, no calificará para asilo.
La persecución pasada también cuenta
No necesitas estar actualmente en peligro para obtener asilo.
Si ya sufriste persecución en el pasado basada en una de las cinco causales, esto puede ser suficiente para calificar, especialmente si:
- La persecución fue tan severa que sería inhumano obligarte a regresar
- Aunque ya no temas la misma persecución, podrías enfrentar otro daño grave al regresar
- Las cicatrices físicas o psicológicas son permanentes
Cada caso es único
No existe una fórmula exacta que determine qué califica como persecución. Las autoridades migratorias evalúan cada situación considerando:
- Tus características personales (edad, salud, vulnerabilidades)
- El contexto cultural y social de tu país
- La duración y frecuencia de los incidentes
- El impacto que tuvieron en tu vida
- Las circunstancias completas de tu situación
La importancia del plazo
Es fundamental recordar que generalmente debes solicitar asilo dentro del primer año de haber llegado a Estados Unidos. Si dejas pasar ese plazo, podrías perder la oportunidad de pedirlo, a menos que existan circunstancias excepcionales o cambios en tu situación.

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